CERTIFICACIóN profesional en nutrición
La certificación profesional es el reconocimiento oficial que otorga el Colegio Mexicano de Nutriólogos mediante el cual se hace constar públicamente que el profesional de la nutrición posee el nivel de competencia, de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes exigidos en su ejercicio profesional, considerando el campo en el cual se desempeña, a través de un proceso de evaluación transparente, ético, honesto y con el más alto nivel de discreción.
PLÁTICA INFORMATIVA EL 29 DE JULIO 21:00 HORAS VÍA ZOOM
Proceso para certificarte
- ETAPA 1. Registro y revisión de documentos.
- ETAPA 2. Registro y aplicación del EUC-Nutri
REVISA LA CONVOCATORIA
REQUISITOS
- Contar con título de Licenciatura en Nutrición (en cualquiera de sus denominaciones) expedido por una Institución de Educación Superior reconocida por la SEP.
- Contar con Cédula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la SEP.
- Demostrar ejercicio profesional por al menos un año posterior a la obtención de su título y cédula profesional.
- No estar sujeto a procesos de falta de ética, procesos penales o judiciales que comprometan su desempeño profesional o haber sido sentenciado por un delito.
- Aprobar el Examen Único de Certificación en Nutrición (EUC-NUTRI) en la modalidad desde casa aplicado por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).
- Llenar y firmar la solicitud de certificación y recertificación 2025.
- Completar el llenado del Formato de Autoevaluación CMN 2025.
- Realizar los pagos correspondientes, indicados en cada etapa del proceso de certificación profesional.
PREPÁRATE
Consulta la Guía de Estudio para presentar el EUC-Nutri.
DICTAMEN
Se le enviará de forma individual el resultado del examen y en caso de ser satisfactorio se le indicará la fecha de la ceremonia de entrega de su reconocimiento y una vez que esto ocurra podrá utilizar las siglas NC después de su nombre.
ETAPA 1. REGISTRO Y REVISIÓN DE DOCUMENTos
FECHA LIMITE: 15 de agosto de 2025 a las 23:59 horas (GMT-6).
solicitud de certificación
- Firmada a puño y letra, NO SE ACEPTAN FIRMAS DIGITALES.
- Solicitud de certificación y recertificación
experiencia laboral
- Documento probatorio de experiencia laboral comprobable de un año o más (recibo de honorarios, constancia laboral o de estudios de posgrado).
COSTO ETAPA 1
- El pago correspondiente a la etapa 1 es de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos mexicanos M.N.) para asociados y $8,000.00 (ocho mil pesos mexicanos M.N.) para no asociados.
- Ver datos de depósito o transferencia.
documentos oficiales
- Título de Licenciatura en Nutrición (en cualquiera de sus denominaciones) expedido por una Institución de Educación Superior reconocida por la SEP.
- Cédula Profesional expedida por la DGP.
registro de documentos
- Todos los documentos solicitados deberán ser ingresados en la siguiente liga: Formulario de Registro
ETAPA 2. REGISTRO Y APLICACIÓN DEL EUC-NUTRI
Recibe tu aprobación
En caso de ser aprobada la solicitud y los documentos probatorios, se le notificará al aspirante vía correo electrónico antes del 12 de septiembre del 2025 a las 23:59 horas para dar seguimiento a la etapa 2.
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rEALIZAR EL SEGUNDO PAGO
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- Se deberá completar el pago total, correspondiente a la segunda etapa del proceso: Para asociados la cantidad de $4,000.00 M.N. (cuatro mil pesos mexicanos M.N.) y para los no asociados $5,200.00 M.N. (cinco mil doscientos pesos mexicanos M.N.).
FECHA LÍMITE DE 2º PAGO: 15 de septiembre de 2025
PASE DE ENTRADA VIRTUAL
- El sustentante recibirá vía correo electrónico la liga de registro para la aplicación del EUC-Nutri y deberá registrarse en la página de CENEVAL antes del 18 de septiembre del 2025.
FECHA LÍMITE PARA EL REGISTRO EN CENEVAL: 18 de septiembre de 2025
FECHA DE APLICACIÓN DEL EUC-NUTRI: 11 DE OCTUBRE 2025
Servicio Social Profesional SSP
Guía para su comprensión y reporte
Descrito en los estatutos del CMN y como requisito obligatorio de la Dirección General de Profesiones de la SEP,
los nutriólogos agremiados al Colegio estamos convocados a realizar y presentar el reporte de las actividades de
servicio social profesional anual.
Está señalado en el artículo quinto de la Constitución de nuestro país que “los servicios sociales de índole social
serán obligatorios y retribuidos en términos de la ley y con las excepciones que ésta señale”. En principio,
el servicio social profesional consiste en una forma de poner al servicio de la colectividad los conocimientos
profesionales adquiridos.
COMITÉ DE CERTIFICACIÓN
2025- 2027

LN. Guadalupe Solís Díaz, NC.
Coordinador

MAN. Maricruz Castro Mundo NC.
secretario

PhD. Edwin E. Martínez Leo, NC.
VOCAL

Mtra. Loredana Tavano Colaizzi, NC.
VOCAL
